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Proyecto de ley aprobado: Conservación de diversidad biológica - Manuel José Barros, socio de Carey

Manuel José Barros, socio de Carey, nos cuenta sobre el proyecto de ley aprobado y despachado por el Congreso y que tiene por objeto la conservación de la diversidad biológica y la protección del patrimonio natural del país a través de la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y ecosistemas.


¿Como se gestó el proyecto de ley?

El Proyecto de Ley empieza a prepararse a partir de la reforma de la institucionalidad ambiental en 2010, que creó el Ministerio del Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente y dejó pendiente la creación de los tribunales ambientales (creados en 2012 mediante la Ley 20.600) y un organismo a cargo de la conservación de la biodiversidad y de administrar nuestras áreas protegidas.

En 2011 ingresó al Congreso el primer Proyecto de Ley que pretendía superar la dispersión, desarticulación e incompleta regulación sobre áreas protegidas y cuyo texto modificado acaba de aprobar el Congreso y considera, entre otros, la creación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas, la identificación de 6 categorías de áreas protegidas y la creación del Sistema Nacional de Áreas Protegidas.

La preparación y tramitación en el Congreso de este Proyecto de Ley implicó un trabajo multidisciplinario y en el que participaron diversos organismos del Estado (incluyendo al recién creado Ministerio del Medio Ambiente, al Ministerio Secretaría General de la Presidencia, al Ministerio de Agricultura, al Ministerio de Bienes Nacionales, al Ministerio de Economía, al Ministerio de Hacienda y a CONAF), distintas ONG y representantes de la sociedad civil.


¿Cuánto tiempo estuvieron trabajando en él?


La preparación de este Proyecto de Ley partió con la reforma a la institucionalidad ambiental que tuvo lugar en 2010 con la publicación de la Ley 20.417, en que se mandató la creación por ley del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (“SBAP”) y la regulación de estas materias. En 2011, y luego en 2014, ingresaron al Congreso los Proyectos de Ley que dieron lugar al texto aprobado el 14 de junio pasado por el Congreso. Es decir, el Proyecto de Ley estuvo casi 13 años tramitándose en el Congreso.

¿Qué implica el proyecto y cuáles son los potenciales beneficios?


El Proyecto tiene por objeto la conservación de la diversidad biológica y la protección del patrimonio natural del país a través de la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y ecosistemas. Los principales aspectos del Proyecto corresponden a:


  • La creación de un organismo público, el SBAP, cuyo objeto consiste en la conservación de la biodiversidad del país a través de la ejecución de políticas, de la gestión del Sistema Nacional de Áreas Protegidas y de la fiscalización y sanción de las infracciones que el mismo Proyecto de Ley contempla, las que pueden sancionarse con multas de hasta 15.000 UTM.

  • Se crea un Sistema Nacional de Áreas Protegidas, tanto estatales como privadas, comprendiendo las siguientes categorías (i) reserva de región virgen; (ii) parque nacional; (iii) monumento nacional; (iv) reserva nacional; (v) área de conservación de múltiples usos; y (vi) área de conservación de pueblos indígenas. Se establecen además reglas para la homologación en estas categorías de otros tipos de áreas protegidas actualmente existentes.

  • Por último, se consagran diversos instrumentos de conservación de la biodiversidad, tanto dentro como fuera de las áreas protegidas, entre los que destacan (i) la creación de un sistema de información de la biodiversidad; (ii) programas de monitoreo de los ecosistemas; (iii) la elaboración de la planificación ecológica el país; (iv) planes de manejo para la conservación de ecosistemas amenazados; (v) planes de restauración ecológica; (vi) planes de recuperación, conservación y gestión de especies; y (vii) el establecimiento de un permiso para alterar físicamente humedales inventariados.

Es muy positivo contar con una institucionalidad robusta que articule la regulación sobre conservación, así como con instrumentos de gestión ambiental especiales para esta finalidad. Esto facilitará e incentivará el resguardo de las áreas protegidas, de nuestra biodiversidad y entregará certeza jurídica respecto del ordenamiento territorial.


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